El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, anunció el sábado la modificación de un decreto para permitir a los civiles la tenencia y porte de armas y el uso de gas pimienta en su defensa personal, como medidas para enfrentar la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado.
“Se autoriza la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal, de acuerdo con los requisitos de ley y reglamentos, y se autoriza el uso de aerosoles de gas pimienta para defensa personal“, anunció el mandatario en cadena nacional.
El presidente señaló que se prohíbe la fabricación, registro y tenencia de armas de fabricación artesanal y se establecerán controles y registros informáticos.
A la par anunció el decreto de estado de excepción con toque de queda para el sector de la Zona 8 que comprende la ciudad de Guayaquil, capital de la provincia de Guayas, así como Durán y Samborondón, consideradas entre las más violentas del país, y las provincias de Santa Elena y Los Ríos.
Pero no cualquier persona podrá portar legalmente armas en Ecuador. En el reglamento a la Ley que rige el uso de armas, modificado la noche del viernes por Lasso, se especifican los requisitos que se deben cumplir.
REQUISITOS PARA EL PORTE DE ARMAS EN ECUADOR
- Cumplir al menos 25 años de edad
- Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública
- Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa
- No tener sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito
- No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o núcleo familiar
- Certificado de examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere drogas o no es alcohólica, emitido por el MSP.
- Los demás que establezca el Ministerio de Defensa Nacional